Código Penal estatal

Artículo 55 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo

Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 55.- Sólo se sancionarán como delitos culposos los siguientes:

Homicidio, contemplado en el artículo 86; Lesiones, contemplado en (sic)

artículo 99 y 100; Aborto, a que se refiere la primera parte del artículo 94 cuando no medie violencia; Daños, a que se refiere el artículo 161 y el 162 en su primera parte cuando se refiere a bienes de valor científico, artístico cultural o de utilidad pública; Delito de Peligro de Devastación, contemplado en el artículo 178; Delitos contra la Ecología, contemplado en el artículo 179; Ataques a las vías y a los medios de comunicación, contemplados en los artículos 184 y 182 primer párrafo; Responsabilidad profesional y técnica establecido (sic) en el artículo 198; Evasión de presos, a que se refieren los artículos 225 y 226; Delitos contra la Riqueza Forestal del Estado, contemplado en la fracción II del artículo 236; Infidelidad de la Custodia de Documentos a que se refiere la fracción I del artículo 245 en el caso de la destrucción de documentos que le hubieren confiado por razón de su cargo, y los demás casos contemplados específicamente en el presente Código y otras disposiciones legales.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 19 DE JULIO DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 55 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo?

Sólo se sancionarán como delitos culposos los siguientes: Homicidio, contemplado en el artículo 86; Lesiones, contemplado en (sic) artículo 99 y 100; Aborto, a que se refiere la primera parte del artículo 94 cuando no…

¿Está vigente el artículo 55?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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