Artículo 260 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 260.- Las mismas sanciones a que se refiere el artículo anterior se impondrán a quien, sin contar con autorización de la autoridad competente, o contraviniendo lo dispuesto en la misma o en la licencia o concesión correspondiente, realice actos de exploración, explotación o aprovechamiento de recursos en las áreas naturales protegidas a que se refiere la ley estatal en materia de protección ambiental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.