Artículo 8 de Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 8º.- La responsabilidad penal no trascenderá de la persona y de los derechos de quienes cometen el delito. La graduación de la pena no excederá los límites de la gravedad del reproche penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.