Artículo 1042 de Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 1042.
Objeto del juicio sucesorio.
El juicio sucesorio tiene por objeto, determinar la calidad de heredero, establecer los bienes que forman parte del acervo hereditario, comprobar las deudas que constituyen el pasivo y, luego de proceder a su pago, repartir el saldo entre los herederos de acuerdo con el testamento o, a falta de éste, de acuerdo con las disposiciones del Código Civil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.