Artículo 322 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 322.- Plan de reparación En la audiencia en donde se resuelva sobre la solicitud de suspensión del proceso a prueba, el imputado deberá plantear, en su caso, un plan de reparación del daño causado por el delito y un detalle de las condiciones que el imputado estaría dispuesto a cumplir conforme al Artículo 324 (Condiciones por cumplir durante el período de suspensión del proceso a prueba). El plan podrá consistir en una indemnización equivalente a la reparación del daño que, en su caso, pudiera llegar a imponerse o una reparación simbólica, así como los plazos para cumplirla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.