Código Penal estatal

Artículo 387 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)

Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 387.- Apertura de la audiencia.

El día y hora fijados, el Tribunal se constituirá en la sala de audiencias con la asistencia del Ministerio Público, del imputado, de su defensor y los demás intervinientes, y declarará abierto el juicio.

El imputado asistirá a la audiencia libre en su persona, pero el Juez que presida podrá disponer las medidas necesarias para impedir que se sustraiga a la acción de la Justicia o para resguardar la seguridad y el orden.

El Juez que presida señalará las acusaciones que deberán ser objeto del juicio contenidas en el auto de apertura de juicio oral y advertirá al imputado que deberá estar atento a lo que oirá.

El Tribunal preguntará a las partes si los testigos, peritos, intérpretes y demás personas que hubieren sido citadas a la audiencia están disponibles. Acto seguido, dispondrá las medidas para que los testigos presentes que deban testificar, no se comuniquen entre sí y permanezcan en una sala contigua hasta que sean llamados para rendir su declaración.

A solicitud fundada del Ministerio Público o del defensor, el Tribunal podrá permitir que peritos, agentes de investigación u otras personas que comparezcan en calidad de testigos, permanezca en la sala de audiencias durante un período especificado mientras funjan como Consultores Técnicos.

Cuando un testigo o perito no se encuentre presente al iniciar la audiencia, pero haya sido debidamente citado para asistir en una hora posterior y se tenga la certeza de que comparecerá, en la audiencia podrá iniciarse.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 387 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)?

Apertura de la audiencia. El día y hora fijados, el Tribunal se constituirá en la sala de audiencias con la asistencia del Ministerio Público, del imputado, de su defensor y los demás intervinientes, y declarará abierto…

¿Está vigente el artículo 387?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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