Artículo 418 de Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios)
Código Procesal Penal para el Estado de Hidalgo (Ver transitorios) · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 418.- Contenido de la sentencia.
La sentencia definitiva contendrá:
I.- La mención del Tribunal y la fecha de su emisión;
II.- La identificación de la víctima u ofendido y del imputado;
III.- La enunciación breve de los hechos y circunstancias que hubieren sido objeto de la acusación; en su caso, los daños y perjuicios reclamados, la pretensión reparatoria y las defensas del imputado;
IV.- La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos que integren los elementos del delito y circunstancias que se dieren por probados y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones;
V.- Las razones que sirvieren para calificar jurídicamente cada uno de los hechos y sus circunstancias, así como para fundar la sentencia;
VI.- La resolución que condene o absuelva a cada uno de los imputados por cada uno de los delitos que la acusación les hubiere atribuido;
VII.- En caso de que la sentencia fuere condenatoria, la fijación de la pena, de la reparación de los daños y perjuicios, así como, el monto, en su caso, de las indemnizaciones a que hubiere lugar; y VIII.- La firma de los jueces que la hubieren dictado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.