Código Penal estatal

Artículo 264 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas

Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 264.- Solicitud de cateo.

(ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

Los cateos requieren autorización judicial. Las solicitudes de orden de cateo se formularán por el Ministerio Público bajo protesta de decir verdad, por escrito o en conferencia privada con el Juez. En casos de urgencia, en que se pueda perder la evidencia, podrá solicitar la orden por teléfono.

(ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

Las solicitudes de cateo del Ministerio Público contendrán una breve descripción de los antecedentes de la investigación, las pruebas para establecer como probable que en el lugar que se pretende catear existen personas, objetos, documentos, huellas u otros indicios relacionados con el delito que se investiga.

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

Las diligencias de cateo las realizará el Ministerio Público, sin perjuicio del auxilio que le preste la Policía, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Faltando alguno de estos requisitos, la diligencia carecerá de todo valor probatorio.

Podrá procederse en cualquier hora cuando el morador o su representante lo consienta o en casos sumamente urgentes. Deberá dejarse constancia de la situación de urgencia en la resolución judicial que acuerda el cateo.

(ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)

Registro de la expedición de la orden de cateo Artículo 264 Bis.- Las conferencias privadas entre el Juez y el Ministerio Público, en las que se solicite y se resuelva sobre una orden de cateo, incluso las telefónicas, serán grabadas en un registro de audio que será conservado por el Juez de Garantía.

Cuando la orden se expida por teléfono, el Ministerio Público llenará un formato que contenga los requisitos expuestos en el artículo 266 y le asignará un código de registro que el juez le proporcionará. El formato así autorizado constituye la orden de cateo.

Cateo de otros locales

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 264 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas?

Solicitud de cateo. (ADICIONADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008) Los cateos requieren autorización judicial. Las solicitudes de orden de cateo se formularán por el Ministerio Público bajo protesta de decir verdad, por…

¿Está vigente el artículo 264?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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