Constitución Federal

Artículo 4 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

artículo 4o. de esta Constitución, estableciendo la concurrencia entre la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias; así como la participación de los sectores social y privado;

Fracción adicionada DOF 28-06-1999. Reformada DOF 12-10-2011, 29-01-2016 XXIX-K. Para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como la participación de los sectores social y privado;

Fracción adicionada DOF 29-09-2003. Reformada DOF 29-01-2016 XXIX-L. Para expedir leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de pesca y acuacultura, así como la participación de los sectores social y privado, y Fracción adicionada DOF 27-09-2004 XXIX-M. Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes.

Fracción adicionada DOF 05-04-2004 XXIX-N. Para expedir leyes en materia de constitución, organización, funcionamiento y extinción de las sociedades cooperativas. Estas leyes establecerán las bases para la concurrencia en materia de fomento y desarrollo sustentable de la actividad cooperativa de la Federación, entidades federativas, Municipios y, en su caso, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias;

Fracción adicionada DOF 15-08-2007. Reformada DOF 29-01-2016 XXIX-Ñ. Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, coordinarán sus acciones en materia de cultura, salvo lo dispuesto en la fracción XXV de este artículo. Asimismo, establecerán los mecanismos de participación de los sectores social y privado, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo décimo segundo del artículo 4o. de esta Constitución.

Fracción adicionada DOF 30-04-2009. Reformada DOF 29-01-2016 XXIX-O. Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.

Fracción adicionada DOF 30-04-2009 XXIX-P. Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de formación y desarrollo integral de la juventud, cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte;

Fracción adicionada DOF 12-10-2011. Reformada DOF 29-01-2016, 24-12-2020 XXIX-Q. Para legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares.

Fracción adicionada DOF 09-08-2012 XXIX-R. Para expedir las leyes generales que armonicen y homologuen la organización y el funcionamiento de los registros civiles, los registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales;

Fracción adicionada DOF 27-12-2013. Reformada DOF 05-02-2017 XXIX-S. Para expedir las leyes generales reglamentarias que desarrollen los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de gobierno.

Fracción adicionada DOF 07-02-2014 XXIX-T. Para expedir la ley general que establezca la organización y administración homogénea de los archivos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, y determine las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos.

Fracción adicionada DOF 07-02-2014. Reformada DOF 29-01-2016 XXIX-U. Para expedir las leyes generales que distribuyan competencias entre la Federación y las entidades federativas en materias de partidos políticos; organismos electorales, y procesos electorales, conforme a las bases previstas en esta Constitución.

Fracción adicionada DOF 10-02-2014 XXIX-V. Para expedir la ley general que distribuya competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que éstos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves que al efecto prevea, así como los procedimientos para su aplicación.

Fracción adicionada DOF 27-05-2015 XXIX-W. Para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaria que tengan por objeto el manejo sostenible de las finanzas públicas en la Federación, los Estados, Municipios y el Distrito Federal, con base en el principio establecido en el párrafo segundo del artículo 25;

Fracción adicionada DOF 26-05-2015 XXIX-X. Para expedir la ley general que establezca la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas.

Fracción adicionada DOF 25-07-2016 XXIX-Y. Para expedir la ley nacional que establezca los principios y obligaciones a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en materia de simplificación administrativa y digitalización de trámites y servicios, buenas prácticas regulatorias, desarrollo y fortalecimiento de capacidades tecnológicas públicas;

Fracción adicionada DOF 05-02-2017. Reformada DOF 15-04-2025 XXIX-Z. Para expedir la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de su respectiva competencia, en materia de justicia cívica e itinerante, y Fracción adicionada DOF 05-02-2017 XXX. Para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar, así como sobre extinción de dominio en los términos del artículo 22 de esta Constitución;

Fracción adicionada DOF 15-09-2017. Reformada DOF 14-03-2019, 30-09-2024 XXXI. Para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública, y Fracción adicionada DOF 30-09-2024 XXXII. Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.

Fracción adicionada DOF 24-10-1942. Recorrida DOF 15-09-2017, 30-09-2024 Reforma DOF 20-08-1928: Eliminó del artículo las entonces fracciones XXV y XXVI

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la colaboración entre diferentes niveles de gobierno, como la Federación, las entidades federativas y los Municipios, en diversas áreas. Esto significa que cada uno tiene competencias específicas y puede trabajar en conjunto para abordar temas importantes.

Entre las áreas mencionadas se encuentran el turismo, la pesca, la seguridad nacional, las sociedades cooperativas, la cultura, la protección de datos personales y los derechos de niñas, niños y adolescentes. También se contempla la iniciativa ciudadana y las consultas populares, así como la transparencia gubernamental.

  • Concurrencia entre diferentes niveles de gobierno.
  • Áreas específicas como turismo y pesca.
  • Protección de datos personales.
  • Derechos de la infancia y juventud.
  • Iniciativa ciudadana y consultas populares.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 4 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la colaboración entre diferentes niveles de gobierno, como la Federación, las entidades federativas y los Municipios, en diversas áreas. Esto significa que cada uno tiene competencias específicas…

¿Está vigente el artículo 4?

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