Artículo 15 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Constitución Política del Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 15.- El Poder Legislativo se deposita en una corporación que se denomina Congreso del Estado.
(REFORMADO, P.O. 24 DE JULIO DE 1994)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.