Constitución estatal

Artículo 48 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 48.- Para el Despacho de los negocios de la Administración Pública del Estado, habrá un Secretario General de Gobierno, quien deberá reunir los siguientes requisitos:

I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, nativo del Estado o con residencia efectiva en él, no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de la designación;

II.- Estar en pleno ejercicio de sus derechos; y III.- Ser mayor de 30 años.

(REFORMADO, P.O. 17 DE AGOSTO DE 2015)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 48 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes?

Para el Despacho de los negocios de la Administración Pública del Estado, habrá un Secretario General de Gobierno, quien deberá reunir los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, nativo del…

¿Está vigente el artículo 48?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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