Artículo 84 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 84.- Todos los servidores públicos, del Estado y Municipios antes de tomar posesión de sus puestos, protestarán ante quien corresponda, guardar y hacer guardar la Constitución General, la particular de Estado, las leyes emanadas de ambas y desempeñar fielmente sus deberes.
(ADICIONADO, P.O. 13 DE AGOSTO DE 1950)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.