Constitución estatal

Artículo 112 de Constitución Política del Estado de Hidalgo

Constitución Política del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 112. Todo empleado de Hacienda que deba tener a su cargo el manejo de fondos del Estado, otorgará previamente fianza suficiente para garantizar su manejo en los términos que la Ley señale.

El Gobernador cuidará de que el Congreso del Estado conozca de la fianza con que los empleados de la Tesorería General caucionen su manejo.

(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 16 DE ENERO DE 1987)

TITULO VIII DE LA JUSTICIA DELEGADA DEL TRIBUNAL FISCAL ADMINISTRATIVO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 112 de Constitución Política del Estado de Hidalgo?

Todo empleado de Hacienda que deba tener a su cargo el manejo de fondos del Estado, otorgará previamente fianza suficiente para garantizar su manejo en los términos que la Ley señale. El Gobernador cuidará de que el…

¿Está vigente el artículo 112?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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