Artículo 3 de Constitución Política del Estado de Hidalgo
Constitución Política del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 3º. En el Estado de Hidalgo, todas las personas tienen el derecho a una buena administración pública y a sus derechos derivados, que consiste en recibir un trato imparcial, objetivo y justo en el despacho de sus asuntos de carácter público, los cuales deberán ser resueltos oportunamente y conforme a los principios de eficacia, eficiencia, honestidad, honradez, austeridad, racionalidad, ética, legalidad, transparencia, rendición de cuentas, inclusión, igualdad y equidad.
(REFORMADO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
Las autoridades y las personas servidoras públicas del Estado, en todo momento someterán su actuación a las facultades que expresamente les concedan las normas señaladas en el artículo anterior, así como los reglamentos y demás disposiciones jurídicas aplicables.
(ADICIONADO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
En el ámbito de sus competencias, tendrán la obligación de orientar sus acciones a lograr el bienestar de la sociedad, así como de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ésta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
(ADICIONADO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
A la gestión pública se deberán incorporar mecanismos de gobierno digital, además de promover y fomentar la inclusión digital de los ciudadanos.
(REFORMADO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
El Estado podrá, en los términos de Ley, celebrar los convenios de colaboración con la Federación para la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario.
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012)
TÍTULO II DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS (ADICIONADO, P.O. 1 DE NOVIEMBRE DE 1979)
CAPITULO UNICO (REFORMADO, P.O. 10 DE SEPTIEMBRE DE 2012)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.