Constitución estatal

Artículo 37 de Constitución Política del Estado de Jalisco

Constitución Política del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Art. 37. Para ser Gobernadora o Gobernador del Estado se requiere:

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2023)

I. Tener ciudadanía mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos;

(REFORMADA, P.O. 28 DE ABRIL DE 1997)

II. Tener cuando menos treinta años de edad el día de la elección;

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2023)

III. Ser persona nacida en el Estado o avecindada cuando menos los dos años anteriores al día de la elección;

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2023)

IV. No tener sentencia condenatoria que haya causado estado, por el delito de violencia política contra las mujeres por razón de género, abuso sexual infantil, violación, feminicidio o violencia familiar, así como, no ser deudor alimentario declarado judicialmente moroso o, en caso de serlo, demostrar que ha pagado en su totalidad los adeudos alimenticios;

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2023)

V. No ser Magistrada o Magistrado del Tribunal Electoral del Estado, ni consejera o consejero del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado, salvo que se separe definitivamente de sus funciones, cuando menos dos años antes del día de la elección; y (REFORMADA, P.O. 1 DE JULIO DE 2020)

VI. No ser servidora o servidor público federal, estatal o municipal, salvo que se separe temporal o definitivamente de sus funciones, cuando menos noventa días antes del día de la elección.

(REFORMADO, P.O. 5 DE JULIO DE 2008)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 37 de Constitución Política del Estado de Jalisco?

Art. 37. Para ser Gobernadora o Gobernador del Estado se requiere: (REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2023) I. Tener ciudadanía mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos; (REFORMADA, P.O. 28 DE ABRIL DE…

¿Está vigente el artículo 37?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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