Artículo 10 de Constitución Política del Estado de Querétaro
Constitución Política del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
su administración y gobierno interiores. Su territorio tiene la extensión y límites que histórica y legalmente le corresponden. La ciudad de Santiago de Querétaro, será la capital del Estado y el Municipio de Querétaro la residencia oficial de los Poderes del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.