Artículo 4 de Constitución Política del Estado de Querétaro
Constitución Política del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
características sociales y económicas, valores arqueológicos, históricos y artísticos, tradiciones, lenguas y creencias de los grupos indígenas y el papel de éstos en la configuración y el desarrollo de la historia e identidad de los queretanos y de la Nación Mexicana.
El Sistema Educativo Estatal estará orientado a exaltar los valores universales cívicos y democráticos del hombre; a fomentar el trabajo productivo para una convivencia social armónica y promover el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación. Se reconoce la autonomía de la universidad pública en los términos que la ley establezca. Se promoverá y se atenderá la educación superior necesaria para el desarrollo del Estado, destinando el subsidio suficiente y oportuno para el cumplimiento eficaz de sus fines.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.