Constitución estatal

Artículo 89 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 89.- El Congreso expedirá la Ley de Hacienda que establecerá las bases para la fijación de los impuestos, derechos y participaciones y la manera de hacerlos efectivos, y que regule la organización de las oficinas recaudadoras.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 28 DE JULIO DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California?

El Congreso expedirá la Ley de Hacienda que establecerá las bases para la fijación de los impuestos, derechos y participaciones y la manera de hacerlos efectivos, y que regule la organización de las oficinas…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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