Artículo 104 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los bienes de dominio privado del Estado son los que pertenecen en propiedad y los que en el futuro ingresen a su patrimonio, por cualesquiera formas de adquisición de la propiedad, no previstos en el artículo precedente.
CAPITULO II DE LA HACIENDA PUBLICA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.