Constitución estatal

Artículo 28 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 28.- El Poder Legislativo se ejerce por una Cámara de Diputados que se denomina "CONGRESO DEL ESTADO", el cual deberá de renovarse totalmente cada tres años.

(REFORMADO, P.O. 31 DE ENERO DE 1984)

La elección de los miembros del Congreso Local será directa y en los términos que disponga la Ley Electoral respectiva.

24 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 28 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero?

El Poder Legislativo se ejerce por una Cámara de Diputados que se denomina "CONGRESO DEL ESTADO", el cual deberá de renovarse totalmente cada tres años. (REFORMADO, P.O. 31 DE ENERO DE 1984) La elección de los miembros…

¿Está vigente el artículo 28?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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