Constitución estatal

Artículo 57 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 57.- El Poder Ejecutivo del Estado se deposita en un individuo que se denominará "GOBERNADOR DEL ESTADO DE GUERRERO".

(REFORMADO, P.O. 31 DE ENERO DE 1984)

39 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero?

El Poder Ejecutivo del Estado se deposita en un individuo que se denominará "GOBERNADOR DEL ESTADO DE GUERRERO". (REFORMADO, P.O. 31 DE ENERO DE 1984) 39 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica…

¿Está vigente el artículo 57?

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