Artículo 60 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 60.- … I.- a IX.-…… X.- Presentar al Congreso del Estado, un informe por escrito, en el mes de agosto de cada año legislativo, en el que manifieste el estado general que guarde la Administración Pública del Estado, proponiendo los medios para mejorarla. El Presidente del Congreso dará respuesta a esa presentación en términos generales. A esta sesión deberán asistir el Presidente y los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.