Artículo 1 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS POEM 4872 de fecha 2011/02/16 TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. Aprobado el presente decreto por el Constituyente Permanente y hecha la declaratoria correspondiente, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” órgano de difusión del Gobierno del Estado de Morelos.
ARTÍCULO TERCERO. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan en lo dispuesto al presente decreto.
DECRETO NÚMERO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS QUE REFORMA EL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.