Artículo 138 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 138o.- Reformado por Decreto No. 60, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 28 de abril de 1928.
Reformado, por Decreto No. 367, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 01 de abril de 2009.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.