Artículo 28 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 28.- Reformado por Decreto No. 161, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 30 de mayo de 1923.
Reformado por Decreto No. 128, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 24 de diciembre de 1924.
Reformado por Decreto No. 88, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 21 de mayo de 1960.
Reformado por Decreto No. 208, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 3 de enero de 1979.
Reformado por Decreto No. 111, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de octubre de 1987.
Reformado por Decreto No. 47, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 29 de marzo de 2010.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.