Artículo 118 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 118. Anualmente, a más tardar el 20 de noviembre, el Ejecutivo presentará a la Legislatura el proyecto de Presupuesto de Egresos, que deberá incluir los tabuladores desglosados de las remuneraciones que perciban los servidores públicos estatales, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 165 de esta Constitución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.