Constitución estatal

Artículo 40 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 40.- El ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una asamblea de diputadas y diputados que se denomina Congreso del Estado, la cual se elegirá cada tres años.

El Congreso del Estado rige su actuación bajo el principio de parlamento abierto, en los términos que establezcan sus disposiciones, orgánica; y reglamentaria.

(REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 40 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí?

El ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una asamblea de diputadas y diputados que se denomina Congreso del Estado, la cual se elegirá cada tres años. El Congreso del Estado rige su actuación bajo el principio…

¿Está vigente el artículo 40?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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