Constitución estatal

Artículo 45 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 45.- Sólo serán asignados Diputados por el sistema de representación proporcional a los partidos políticos que cumplan con los requisitos que señale la Ley Electoral.

(REFORMADO, P.O. 16 DE OCTUBRE DE 2023)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 45 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí?

Sólo serán asignados Diputados por el sistema de representación proporcional a los partidos políticos que cumplan con los requisitos que señale la Ley Electoral. (REFORMADO, P.O. 16 DE OCTUBRE DE 2023)

¿Está vigente el artículo 45?

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