Artículo 5 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 5o.- El territorio del Estado es el que de hecho y por derecho le pertenece y que le es reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Su extensión y límites sólo podrán modificarse por virtud, y conforme a los procedimientos que en aquella y en esta Constitución se señalan.
El Estado tiene como base de su división territorial y de su organización política y administrativa al Municipio Libre.
Los Municipios que integran el Estado son los establecidos por la Ley Orgánica del Municipio Libre.
(REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)
TÍTULO SEGUNDO DE LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES (REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)
CAPÍTULO ÚNICO (REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.