Artículo 103 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 103. La Hacienda Pública ejercerá la facultad económico-coactiva para hacer efectivos los ingresos decretados por las leyes.
TÍTULO X DE LA FISCALIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DEL ESTADO CAPÍTULO ÚNICO DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.