Constitución estatal

Artículo 13 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 13. El carácter de habitante no se pierde por ausencia:

I. En el desempeño de cargos públicos de elección popular, por la defensa de la patria y sus instituciones;

II. En el desempeño de empleos o comisiones de la administración pública o como dirigente en organismos nacionales de representación política o gremial, o III. Por la realización de estudios o comisiones científicas, culturales o deportivas.

TÍTULO II DE LOS DERECHOS HUMANOS CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 13 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

El carácter de habitante no se pierde por ausencia: I. En el desempeño de cargos públicos de elección popular, por la defensa de la patria y sus instituciones; II. En el desempeño de empleos o comisiones de la…

¿Está vigente el artículo 13?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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