Artículo 71 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 71. La Institución del Ministerio Público, en representación jurídica de la sociedad, velará por el cumplimiento de las leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.