Artículo 140 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 140. Todo servidor público que maneje fondos del erario, es personal y pecuniariamente responsable de los pagos que hiciere; deberá otorgar garantía a satisfacción de la Secretaría correspondiente
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.