Constitución estatal

Artículo 147 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 147. Para los efectos de las responsabilidades a que se refiere esta Constitución, se reputará como servidores públicos a los representantes de elección popular estatales y municipales; a los miembros del Poder Judicial del Estado; a los funcionarios y empleados de los Poderes Legislativo y Ejecutivo; a los integrantes, del Instituto Electoral del Estado, de la Comisión de Derechos Humanos del Estado, del Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, de la Fiscalía General de Justicia del Estado, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Zacatecas, a los Magistrados de otros tribunales y, en general, a toda persona que desempeñe algún empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza al servicio de la Administración Pública centralizada y paraestatal, municipal, paramunicipal e intermunicipal, quienes serán responsables de los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus funciones.

(ADICIONADO, P.O. 22 DE MARZO DE 2017)

Los servidores públicos a los que se refiere este artículo, estarán obligados a presentar anualmente, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses ante las autoridades competentes, de conformidad con lo que determinen las leyes aplicables.

Son inatacables las declaraciones y resoluciones que de conformidad con lo dispuesto en este Título, expidan la Legislatura o el Tribunal Superior de Justicia del Estado.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 7 DE JULIO DE 2018)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 147 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas?

Para los efectos de las responsabilidades a que se refiere esta Constitución, se reputará como servidores públicos a los representantes de elección popular estatales y municipales; a los miembros del Poder Judicial del…

¿Está vigente el artículo 147?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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