Artículo 157 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 157. A los servidores o empleados públicos que aceptaren su cargo sin cumplir uno o varios de los requisitos exigidos por esta Constitución, además de la pena que las leyes señalen, se les impondrá la de suspensión en el ejercicio de sus derechos ciudadanos durante un año.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.