Artículo 95 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 95. El Tribunal Superior de Justicia se compondrá de 13 Magistradas y Magistrados y funcionará en Pleno o en Salas.
(REFORMADO, P.O. 10 DE MAYO DE 2000)
Los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, durarán en su encargo catorce años. Sólo podrán ser removidos del mismo en los términos del Título VII de esta Constitución, y al vencimiento de su periodo tendrán derecho a un haber por retiro.
(REFORMADO, P.O. 10 DE MAYO DE 2000)
Ninguna persona que haya sido Magistrado podrá ser nombrada para un nuevo periodo, salvo que hubiera ejercido el cargo con el carácter de provisional o interino.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 10 DE MAYO DE 2000)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.