Artículo 10 de Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012.
Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO X Las Partes intercambiarán información para evitar, prevenir y sancionar la importación, exportación y transferencia ilícita de bienes que integran el patrimonio arqueológico, histórico, cultural y natural de las Partes, por lo que realizarán las acciones conducentes para la devolución de dichos bienes importados y/o exportados ilícitamente, de conformidad con su legislación nacional y en aplicación de las convenciones internacionales en la materia de las que los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba sean Partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.