Tratado internacional

Artículo 5 de Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012.

Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO V Las Partes procurarán analizar de manera conjunta las condiciones académicas de sus respectivos sistemas educativos, a efecto de que en un futuro, se establezcan las equivalencias y los criterios comunes para el reconocimiento de certificados de estudios, títulos, diplomas y grados académicos, así como para el ejercicio profesional, en el marco de las disposiciones legales en la materia aplicables en el territorio de cada Parte y a través de la formalización del instrumento jurídico correspondiente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 5 de Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012. a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 5 de Convenio de Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura, la Juventud, la Cultura Física y el Deporte entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba, firmado en la ciudad de La Habana, Cuba, el 10 de abril de 2012.?

Las Partes procurarán analizar de manera conjunta las condiciones académicas de sus respectivos sistemas educativos, a efecto de que en un futuro, se establezcan las equivalencias y los criterios comunes para el…

¿Está vigente el artículo 5?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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