Artículo 1 de Convenio de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala en Materia Educativa, Cultural, de Juventud, de Cultura Física y Deporte, firmado en la Ciudad de México el 27 de julio de 2011.
Convenio de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala en Materia Educativa, Cultural, de Juventud, de Cultura Física y Deporte, firmado en la Ciudad de México el 27 de julio de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO I Las Partes incrementarán la cooperación entre sus instituciones competentes en los campos de la educación, la cultura, la juventud, la cultura física y el deporte, en todas sus disciplinas y modalidades, a fin de realizar actividades que contribuyan a profundizar el conocimiento mutuo entre los dos países. Para el logro de este objetivo, las Partes se comprometen a elaborar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar, de común acuerdo, programas, proyectos y actividades de cooperación en los campos citados.
En la ejecución de estos programas, proyectos y actividades, las Partes propiciarán la participación de organismos y entidades de los sectores público y privado, universidades, instituciones de educación, centros de investigación, archivos, museos e instituciones competentes.
Las Partes podrán, con base en el presente Convenio, celebrar acuerdos complementarios de cooperación en los campos materia del presente Convenio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.