Artículo 1 de Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia
Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO I Las Partes reconocerán y concederán validez a los certificados de estudios, títulos y grados académicos de educación superior, reconocidos oficialmente por los sistemas educativos de cada Parte, por medio de sus respectivos organismos oficiales. Para el caso de los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Educación Pública y las autoridades educativas estatales, y en el caso de la República de Colombia, el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.