Artículo 3 de Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia
Convenio de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Estudios, Títulos y Grados Académicos de Educación Superior entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Colombia · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO III Los estudios parciales de nivel superior realizados en una de las Partes, serán reconocidos con igual validez en la Otra, con el único efecto de continuar con los mismos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.