Artículo 4 de Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura y el Deporte, hecho en la ciudad de Zagreb el primero de julio de dos mil once.
Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura y el Deporte, hecho en la ciudad de Zagreb el primero de julio de dos mil once. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Partes favorecerán el intercambio de estudiantes, mediante el otorgamiento de becas, para la realización de estudios de posgrado o investigaciones en instituciones públicas de educación superior. Las condiciones, cuotas y disposiciones financieras se determinarán mediante acuerdos y programas específicos.
Las Partes promoverán el intercambio de información sobre sus respectivos sistemas educativos, a fin de estudiar la posibilidad de reconocer los diplomas, certificados de enseñanza y títulos académicos de ambas Partes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.