Tratado internacional

Artículo 701 de Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte

Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Ambito de aplicación Lunes 20 de Diciembre de 1993 DIARIO OFICIAL 1. Esta sección se aplica a medidas adoptadas o mantenidas por una Parte relacionadas con el comercio agropecuario.

2. En caso de contradicción entre esta sección y cualquier otra disposición de este Tratado, esta sección prevalecerá en la medida de la incompatibilidad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 701 de Decreto de promulgación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte?

Ambito de aplicación Lunes 20 de Diciembre de 1993 DIARIO OFICIAL 1. Esta sección se aplica a medidas adoptadas o mantenidas por una Parte relacionadas con el comercio agropecuario. 2. En caso de contradicción entre…

¿Está vigente el artículo 701?

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¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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