Artículo 25 de Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Bahréin para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, firmado en la ciudad de Manama, Bahréin, el veintinueve de noviembre de dos mil doce.
Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Bahréin para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones, firmado en la ciudad de Manama, Bahréin, el veintinueve de noviembre de dos mil doce. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Derecho Aplicable Un tribunal establecido bajo esta Sección decidirá las controversias que se sometan a su consideración de conformidad con el presente Acuerdo y con las reglas y principios aplicables del derecho internacional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.