Artículo 28 de Decreto Promulgatorio del Tratado sobre el Comercio de Armas, hecho en Nueva York, el dos de abril de dos mil trece.
Decreto Promulgatorio del Tratado sobre el Comercio de Armas, hecho en Nueva York, el dos de abril de dos mil trece. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
4 Textos auténticos El texto original del presente Tratado, cuyas versiones en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticas, será depositado ante el Secretario General de las Naciones Unidas.
HECHO EN NUEVA YORK el dos de abril de dos mil trece.
La presente es copia fiel y completa en español del Tratado sobre el Comercio de Armas, hecho en Nueva York, el dos de abril de dos mil trece.
Extiendo la presente, en veintiún páginas útiles, en la Ciudad de México, el veintiséis de noviembre de dos mil catorce, a fin de incorporarla al Decreto de Promulgación respectivo.- Rúbrica.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.