Artículo 114 de Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Municipal de Aguascalientes.
Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Municipal de Aguascalientes. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
BIS.- Corresponde a la Secre- Integral de los Residuos Sólidos Urbanos;
taría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable:
XVI.- Evaluar el impacto ambiental de las obras I.- Ejercer las atribuciones que le correspondan al o actividades que le sean transferidas, mediante municipio en materia de regulación, control ambiental convenios o acuerdos, por el Estado o la Federación, y ecología de acuerdo a la ley;
así como de aquellas que sean de su competencia II.- Formular, conducir y evaluar la política am- en los términos de la Ley de Protección Ambiental biental municipal; para el Estado de Aguascalientes;
III.- Aplicar los instrumentos de política ambien- XVII.- Participar en la evaluación del impacto tal de competencia municipal previstos en la Ley ambiental de obras o actividades de competencia General del Equilibrio Ecológico y la Protección al federal o estatal, cuando éstas se realicen en el Ambiente, la Ley de Protección Ambiental para el ámbito de su circunscripción territorial;
Estado de Aguascalientes, este Código y demás XVIII.- Recibir, evaluar y dictaminar la viabilidad ordenamientos aplicables; ambiental de los proyectos u obras que las dependen- IV.- Elaborar, revisar y actualizar un diagnóstico cias de la administración municipal pretendan realizar ambiental que corresponda a cada administración dentro del territorio del municipio de Aguascalientes;
Pág. 10 (Primera Sección) PERIÓDICO OFICIAL Abril 11 de 2016 lo anterior previo y sin menoscabo de que dichas ins- XXXI.- Establecer medidas para la preservación tancias tramiten las autorizaciones que correspondan y restauración del equilibrio ecológico y la protección ante autoridades estatales y federales competentes; ambiental en los centros de población;
XIX.- Promover la participación de las depen- XXXII.- Difundir la política municipal en materia dencias y entidades de la administración pública ambiental e informar sobre la calidad del ambiente de los demás niveles de gobierno en las acciones en el municipio;
de preservación, protección, educación ambiental, XXXIII.- Promover espacios de participación de prevención y control del deterioro ambiental y res- la sociedad en materia ambiental;
tauración del ambiente, en su jurisdicción territorial;
XXXIV.- Implementar programas en materia de así como celebrar con estás los acuerdos que sean educación y comunicación ambiental que favorezcan necesarios con el propósito de dar cumplimiento a la la conservación y el aprovechamiento sustentable legislación, reglamentación y/o normatividad vigente;
de los recursos naturales y la biodiversidad en el XX.- Participar en el establecimiento, administra- municipio;
ción y manejo de las áreas naturales protegidas de XXXV.- Celebrar convenios con la Federación, competencia municipal; el Estado, otros Municipios y con personas físicas o XXI.- Promover, fomentar y orientar el desa- morales, para la realización de acciones en materia rrollo de acciones para la conservación y el apro- de difusión, protección, conservación y aprove- vechamiento sustentable de los ecosistemas y la chamiento sustentable de los recursos naturales, biodiversidad presente en el territorio municipal, en biodiversidad y medio ambiente, en el ámbito de su coordinación con el Estado y la Federación; competencia, previa autorización del Cabildo;
XXXVI.- Ejercer las atribuciones y funciones que XXII.- Coadyuvar con las demás dependencias en materia ambiental le hayan sido transferidas por y entidades de la administración pública municipal, la Federación o el Estado al Municipio, a través de en el cumplimiento de la normatividad ambiental convenios y acuerdos;
aplicable, a través de capacitación y asesoría;
XXXVII.- Promover y establecer la entrega de XXIII.- Establecer los criterios de regulación premios y reconocimientos a quienes realicen esfuer- ecológica para la protección, preservación, restaura- zos destacados para la preservación y restauración ción y aprovechamiento sustentable de los recursos del equilibrio ecológico y la protección al ambiente naturales dentro de los centros de población, a fin de en el municipio;
que sean considerados en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes; XXXVIII.- Establecer y mantener actualizado un sistema de información ambiental, transparente y de XXIV.- Formular, ejecutar y vigilar el programa de fácil acceso a la ciudadanía;
ordenamiento ecológico y coadyuvar con el Instituto XXXIX.- Integrar el registro municipal de emisio- Municipal de Planeación en los planes o programas nes y transferencia de contaminantes al aire y agua, que de él se deriven, en los términos en que se re- respecto de materiales, sustancias y residuos de fieren las leyes y reglamentos aplicables;
competencia municipal;
XXV.- Determinar, en el ámbito de su competen- XL.- Promover la integración de ecotecnologías cia, o solicitar ante el Estado y la Federación, según en establecimientos comerciales, industriales y de sea el caso, la limitación, modificación o suspensión servicios;
de actividades comerciales, industriales, de servi- cios, de desarrollo urbano y turístico, que puedan XLI.- Promover inversiones públicas y priva- causar deterioro ambiental o alteración del equilibrio das, destinadas a proyectos para la protección del ecológico; ambiente y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en el territorio municipal;
XXVI.- Vigilar en coordinación con la Federación XLII.- Colaborar con los organismos competentes y el Estado, el adecuado uso y aprovechamiento para la aplicación de las disposiciones jurídicas para de los recursos naturales presentes en el territorio prevenir y controlar la contaminación de las aguas municipal;
que se descarguen en los sistemas de drenaje y XXVII.- Fijar y aplicar medidas de prevención y alcantarillado de los centros de población, así como control de emergencias ecológicas y contingencias de los cauces bajo custodia del Municipio;
ambientales, así como participar y coadyuvar con las XLIII.- Ordenar y realizar visitas u operativos de entidades federales y estatales conforme a las políti- inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento cas y programas que para tal efecto se establezcan;
de las disposiciones jurídicas aplicables a su com- XXVIII.- Formular el Plan de Acción Climática petencia;
Municipal (PACMUN), coordinar su implementación XLIV.- Determinar las infracciones a este Código y actualizarlo cada seis años;
que en materia ambiental se establezcan;
XXIX.- Crear e implementar el Plan Municipal de XLV.- Emitir los acuerdos y resoluciones co- Contingencia Ambiental; rrespondientes al procedimiento administrativo de XXX.- Establecer los criterios ambientales rela- inspección y vigilancia, imponiendo las medidas cionados con la mitigación y adaptación a los efectos correctivas y de seguridad, así como las sanciones que tiene en la zona urbana el calentamiento global; que en su caso procedan, verificando el cumplimiento Abril 11 de 2016 PERIÓDICO OFICIAL (Primera Sección) Pág. 11 de dichas medidas y proveyendo lo necesario para VIII. Tener animales que originen mal olor, fauna la ejecución de sanciones; nociva, ruidos o que causen cualquier otro tipo de molestia a los vecinos en zonas habitacionales;
XLVI.- Ordenar e imponer las medidas técnicas correctivas o de urgente aplicación que correspon- IX. Realizar la quema de residuos, pasto seco, dan, señalando los plazos para su cumplimiento; llantas o cualquier sustancia que cause contamina- así como las medidas de seguridad procedentes, ción al ambiente;
proveyendo lo necesario para obtener la ejecución X. Fumar en lugares expresamente prohibidos de estas últimas, indicando, en su caso, las acciones para ello;
necesarias para subsanar las irregularidades que motivaron la imposición de las medidas de seguridad XI. Descargar aguas residuales contaminantes y los plazos para su realización, a fin de que una vez contrarias al permiso otorgado por la autoridad mu- cumplidas se ordene el retiro de las mismas; nicipal correspondiente; y XLVII.- Proponer en la Ley de Ingresos para el XII. Abstenerse de recoger las heces fecales Municipio de Aguascalientes, estímulos fiscales a arrojadas por animales de compañía a la vía pública, quien incluya en sus edificaciones sistemas capta- áreas verdes, áreas de uso común, áreas de interés dores de agua pluvial, plantas tratadoras de agua, común y medianerías en el interior del Municipio.
así como aditamentos que capturen energía, o bien, LIBRO TERCERO realice acciones de mejora ambiental adicionales a las previstas como obligatorias en la normatividad; DE LOS SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES XLVIII.- Emitir recomendaciones a las autorida- TITULO UNICO des federales, estatales y municipales, con el pro- pósito de promover el cumplimiento de la legislación DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO ambiental; DE LOS SERVICIOS PUBLICOS XLIX.-Definir de manera anual los principios, ARTÍCULO 411.- El Ayuntamiento tendrá a su objetivos y metas, mediante los cuales se habrá de cargo la planeación, ejecución, administración y con- formular, conducir y evaluar la política ambiental en el trol de los servicios públicos que requiera la población Municipio, así como los instrumentos y procedimiento del Municipio, tales como:
para su aplicación; y I. Agua potable, drenaje, alcantarillado, trata- L.- Las demás que le otorgue el presente Código miento y disposición de aguas residuales;
y demás ordenamientos aplicables en la materia.
II. Alumbrado público;
APARTADO QUINTO III. Limpia, recolección, traslado, tratamiento y De las Faltas Contra la Salubridad disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial de su competencia;
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.