Artículo 4o de Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores
Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4o. Únicamente los patrones que otorguen a sus trabajadores ayuda alimentaria en las modalidades y bajo las condiciones establecidas en el presente ordenamiento podrán recibir los beneficios fiscales contemplados en esta Ley.
TÍTULO SEGUNDO AYUDA ALIMENTARIA Capítulo I Objetivo de la Ayuda Alimentaria
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.