Artículo 10 de Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 10. Perfil El perfil de la funcionaria o el funcionario judicial está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales que permiten asegurar que, en el ejercicio de sus funciones, responderá de manera idónea a las demandas de justicia.
Entre las principales características que deberá reunir la persona servidora pública judicial, se encuentran las siguientes:
I. Formación jurídica sólida e integral;
II. Independencia y autonomía en el ejercicio de su función y defensa del estado de derecho;
III. El respeto absoluto y el compromiso con la defensa y protección de los derechos humanos;
IV. Conocimiento de los estándares de derechos humanos y habilidad para interpretar y razonar jurídicamente a partir de casos concretos, aplicando un enfoque de interseccionalidad;
V. Aptitud para identificar los contextos sociales y los factores de desigualdad estructural que se presentan en los casos sujetos a su conocimiento para garantizar una función judicial orientada por la igualdad sustantiva;
VI. Conocimiento de la organización y, en su caso, manejo del despacho judicial;
VII. Vocación de servicio público y compromiso social;
VIII. Ética en el servicio público;
IX. Trayectoria personal íntegra;
X. Capacidad para aplicar el método de juzgar con perspectiva de género, así como los enfoques de justicia social e interseccional para garantizar un análisis integral de los casos, y XI. La observancia irrestricta de la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia institucional en el Poder Judicial de la Federación.
CAPÍTULO CUARTO CATEGORÍAS DE LA CARRERA JUDICIAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.