Artículo 12 de Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación
Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 12. Servicio público Las categorías de la Carrera Judicial deberán observar los requisitos contemplados en esta Ley y lo dispuesto por la Constitución General para el servicio público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.