Artículo 92 de Ley de Comercio Exterior
Ley de Comercio Exterior · Última reforma de referencia: 21-12-2006 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 92.- El Premio Nacional de Exportación tendrá por objeto reconocer anualmente el esfuerzo de los exportadores nacionales y de las instituciones que apoyen la actividad exportadora. El procedimiento para la selección de los ganadores del premio, las diferentes categorías del mismo, la forma de usarlo y las demás disposiciones relacionadas con el mismo se establecerán en el reglamento.
Artículo reformado DOF 24-01-2006 TITULO IX INFRACCIONES, SANCIONES Y RECURSOS CAPITULO I Infracciones y sanciones administrativas
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.